La AEPD publica por primera vez una lista de Administraciones Públicas incumplidoras

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Redacción

La Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) ha publicado, por primera vez en su historia, una lista de las Administraciones Públicas sancionadas por incumplir los requerimientos y las medidas correctivas impuestas por la agencia para garantizar el derecho fundamental a la protección de datos.

AEPD publica una lista de Administraciones Públicas incumplidoras

En este sentido, en el listado se incluyen las entidades públicas que no cumplen con los requerimientos de información remitidos por la Agencia, así como aquellas que no ajustan el tratamiento de datos a la legalidad y no acreditan las medidas correctivas impuestas. Es decir, la AEPD considera infracciones gravísimas tanto la falta de respuesta a las exigencias como la desacreditación del cumplimiento de las medidas necesarias para garantizar la protección de los datos de los ciudadanos.

Entre estas administraciones ilícitas destacan las entidades locales de más de 20.000 habitantes a las que se ha exigido el nombramiento de un Delegado de Protección de Datos (DPD). Ante el posible incumplimiento de esta orden, la AEPD ha iniciado un procedimiento sancionador contra aquellos que no la efectúen.

Obligación de las Administraciones Públicas de nombrar un DPD

Este requerimiento se establece en el Reglamento General de Protección de Datos (RGDP) y supone disponer de un asesoramiento y supervisión especializada en materia de protección de datos aplicados a autoridades u organismos públicos. Del mismo modo, ofrece una vía de contacto a los ciudadanos para que puedan tener una respuesta adecuada a sus pretensiones. Un lustro después de la publicación del RGDP, aún existen entidades locales que no tienen un DPD nombrado, incumpliendo con los requerimientos que se enviaron.

Este nombramiento y posterior comunicación a la agencia es una obligación para las autoridades y organismos públicos que viene recogido en el artículo 37 del Reglamento, por lo que una infracción como esta está calificada como grave, siendo sancionada con apercibimiento según el artículo 77 de la Ley orgánica de Protección de Datos y garantía de los derechos digitales.

Este año la AEPD ha reforzado su labor de protección de los datos personales de la población española, como garantía de los derechos y libertades de las personas. No en vano es este organismo el que ha iniciado un procedimiento de oficio por el cual realizará una investigación a OpenAI, la compañía estadounidense creadora de ChatGPT, un dispositivo de Inteligencia Artificial que está generando polémica desde su lanzamiento a finales de noviembre de 2022.